Caso especial · 6 min
Cómo cobrar a la Administración Pública
Por ley te deben pagar a 30 días. En la realidad, 90-180 días es común. Te explico cómo acelerarlo.
El marco legal
La Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público obliga a la Administración a pagar en 30 días naturales desde la conformidad de la factura. La conformidad se entiende otorgada a los 30 días de presentación si no la rechazan expresamente.
Resultado teórico: máximo 60 días desde que presentas factura. Realidad: pueden pasar 90-180 días.
Pasos para cobrar más rápido
1. Factura electrónica en FACe
Las facturas a Administración Pública deben presentarse a través del portal FACe (face.gob.es). Si no la presentas ahí, no cuenta como entregada y el plazo no empieza.
2. Códigos DIR3 correctos
Cada Administración tiene 3 códigos obligatorios (oficina contable, órgano gestor, unidad tramitadora). Confirma estos códigos ANTES de facturar. Si están mal, te devuelven la factura y empiezas de cero.
3. Seguimiento sistemático
- Día 7: "Confirmadme recepción de la factura X"
- Día 30: "¿Está aprobada la factura X?"
- Día 45: "Falta confirmar fecha de pago"
- Día 60: "Han pasado los 30 días desde conformidad. Solicito información de pago"
Si pasan 60 días sin pagar
Tienes 3 herramientas legales potentes:
A) Certificación expresa
Pides al interventor que CERTIFIQUE el reconocimiento de la obligación. Una vez certificada, puedes ir a vía judicial directamente.
B) Reclamación de intereses
Pasados los 30 días desde conformidad, se devengan intereses + 40€ automáticos. Recláma por escrito mencionando la Ley 9/2017 y la Ley 3/2004.
C) Procedimiento monitorio o ejecutivo
Pasados 90 días, puedes ir a juzgado contencioso-administrativo. Con factura electrónica registrada en FACe, tienes prueba suficiente.
Trucos que muchos no usan
- ✓ Plan de pago a proveedores: algunos Ayuntamientos abren ventanas de "pago a 90 días con descuento del 2-3%". Vale la pena
- ✓ Cesión a empresa de cobro: hay empresas que compran tu factura administración a descuento del 5-10%
- ✓ Confirming público: ICO ofrece programas de pronto pago a proveedores de administración
- ✓ Junta Consultiva de Contratación: denuncia formal si retraso reiterado
Cuándo NO trabajar con Administración
- ❌ Si tu pyme no aguanta 60-120 días sin cobrar
- ❌ Si el importe es bajo (<1.000€): no compensa el trámite
- ❌ Si Administración con histórico de morosidad publicado