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Sector · 6 min

Morosidad en transporte y logística

El sector del transporte tiene su propia ley de plazos de pago: la Ley 15/2009. Más estricta que la genérica. Te explico cómo aprovecharla.

El marco legal del transporte

La Ley 15/2009 del Contrato de Transporte Terrestre de Mercancías establece que el porte se paga al transportista en un plazo máximo de 30 días naturales desde la entrega.

Es más exigente que la Ley 3/2004 (60 días B2B). Protege específicamente a los transportistas que tradicionalmente cobraban a 90-120 días.

Plazos según tipo de operación

OperaciónPlazo máximoLey
Transporte de mercancías30 díasLey 15/2009
Operaciones logísticas (almacén, picking)60 díasLey 3/2004
Transporte de productos perecederos30 díasLey 12/2013

Problemas típicos en el sector

  • 1. Pago aplazado encubierto: el cargador insiste en pagar a 90 días "como siempre". Aunque firmes ese contrato, la cláusula es nula. Tienes derecho a cobrar a 30.
  • 2. Descuento por pronto pago: "te pago al día si me das 5% descuento". Trampa: si me retraso, ya no soy moroso. Rechaza estas propuestas.
  • 3. Cesión a un intermediario: en cadena de subcontratación, cada eslabón aplaza. Si te contrata X, te paga X, no su cliente final.
  • 4. Retrasos por documentación: el cargador pide CMR, albarán, otros papeles. Asegúrate de enviar TODO en menos de 48h tras la entrega.

Estrategia anti-morosos en transporte

  1. Cláusula Ley 15/2009 expresa en cada presupuesto y factura
  2. Documentación impecable y rápida: CMR firmado, albarán sellado, factura emitida en 24h
  3. Recordatorio el día 31 con cálculo de intereses + 40€
  4. Llamada al jefe de pagos al día 40
  5. Burofax al día 60 mencionando la Ley 15/2009
  6. Denuncia ante Ministerio de Transportes en casos graves
  7. Procedimiento monitorio si supera 90 días